Asamblea

Asamblea

El órgano supremo de AMAC lo constituye la Asamblea General, formada por todos los municipios de la agrupación, que se encuentran representados por su alcalde u otro miembro de la corporación municipal, los cuales deciden sus asuntos por mayoría. La Asamblea, que se reúne de forma ordinaria anualmente, está presidida por el Presidente y el Vicepresidente de la Asociación con la asistencia de la Secretaría General de la misma.

Son facultades de la Asamblea:

  • Establecer las líneas generales de actuación de la Asociación.
  • Controlar la actividad y gestión de la Presidencia, la Vicepresidencia, la Comisión Directiva y de los demás órganos de la Asociación.
  •  Aceptar de forma general la delegación que para cobro y gestión de fondos realicen en la forma legalmente establecida los municipios asociados.
  • Aprobar las cuotas a satisfacer por los afiliados así como su forma de percepción; los presupuestos anuales y la memoria anual de actividades.
  •  Modificar los Estatutos de la Asociación.
  • Aprobar programas de potenciación del desarrollo económico-industrial y mejora de la calidad de vida de los habitantes de todos los municipios asociados o de alguno de ellos así como la dotación presupuestaria correspondiente a dichos programas.
  • Aceptar las aportaciones voluntarias que realicen algunos o todos los municipios asociados para el desarrollo de los programas comprendidos en el punto anterior.
  •  Nombrar la Presidencia y la Vicepresidencia de la Asociación, la Secretaria General de la Asociación y aprobar la estructura básica de funcionamiento.
  •  Ratificar la elección de los miembros de la Comisión Directiva así como su destitución.
  •  Acordar la expulsión de los miembros que incumplan los deberes estatutarios.
  • Disolver y liquidar la Asociación.